Unión convivencial. Inscripción
REGISTRO CIVIL
El trámite permite registrar la unión entre dos personas que conviven en modo singular, público, notorio, estable y permanente compartiendo un proyecto de vida en común.
Podrás iniciarlo de forma digital o bien optar por la modalidad presencial.
MODALIDAD DIGITAL:
Para iniciarlo de manera digital es necesario que tengas una cuenta de CiDi 2
Paso 1: Se inicia en el servicio Mi Registro Civil de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi). Si no contás con una cuenta de CiDi, el primer paso es que generes tu cuenta nivel 1. Luego podrás pasar a nivel 2 (verificar tu cuenta).
Paso 2: El sistema te guiará por diferentes secciones del trámite en las que deberás completar información y adjuntar documentación.
Paso 3: La oficina de Registro Civil que seleccionaste según tu domicilio de convivencia te contactará para firmar la Declaración Jurada y tomar el testimonio de los testigos. En esa ocasión deberán presentar las pruebas documentales que acrediten la convivencia.
Paso 4: Toda la documentación es remitida a la Dirección General de Registro Civil, organismo que realizará el estudio de la información y las pruebas documentales, para luego autorizar o no la unión convivencial.
Paso 5: Si la unión convivencial es aprobada por la Dirección General, se remite la autorización al Registro Civil del domicilio de convivencia, que será el organismo encargado de notificar a los convivientes la fecha desde la cual se les autoriza la convivencia y posteriormente citarlos a celebrar la unión convivencial.
MODALIDAD PRESENCIAL:
Paso 1: Solicitar DDJJ en el Registro Civil que corresponda al domicilio de convivencia.
Paso 2: Los convivientes deben presentarse el día que se acuerde con toda la documentación requerida para iniciar el trámite, además de aportar los datos de los testigos, a quienes posteriormente el Registro Civil les tomará la declaración testimonial.
Paso 3: Luego de que el Registro Civil tome la solicitud de la unión convivencial, esta es remitida a la Dirección General, organismo que realizará el estudio de la documentación para luego autorizar o no la unión convivencial.
Paso 4: Si la unión convivencial es aprobada por la Dirección General, se remite la autorización al Registro Civil correspondiente, que será el organismo encargado de notificar a los convivientes la fecha desde la cual se les autoriza la convivencia y posteriormente citarlos a celebrar la unión convivencial.
OFICINA DEL REGISTRO CIVIL
9 de julio 28, Saldán Centro
Lunes a viernes hábiles de 8 a 13 horas
Contacto: 0351 589 3418
Correo: registrocivilsaldan@gmail.com